El antecedente: una condena por abuso sexual
La fiscal explicó que el caso principal culminó con un veredicto unánime de culpabilidad dictado por un tribunal popular compuesto por doce ciudadanos.
El imputado fue condenado a ocho años de prisión por dos hechos: abuso sexual con acceso carnal y tentativa de abuso sexual con acceso carnal contra una menor de edad que, además, era familiar y presentaba retraso madurativo, según la pericia psicológica.
Tras la sentencia, el condenado designó como defensor al Dr. Daniel Sandoval para trabajar en la etapa de apelación ante la Cámara Penal.
La entrevista que originó la denuncia
Según detalló Bottini, mientras preparaba el recurso, el abogado recibió en su estudio a la víctima adolescente, quien habría concurrido acompañada por su padre hermano del condenado en un contexto que la fiscalía describe como situación de extrema vulnerabilidad y violencia familiar.
La fiscal sostuvo que en esa reunión el abogado realizó preguntas que, a criterio del Ministerio Público, buscaban instar a la joven a retractarse de la denuncia ya confirmada por un jurado popular.
“Se trató de una entrevista a solas, grabada sin intervención de profesionales especializados”, indicó Bottini, remarcando que los protocolos establecen que las declaraciones de víctimas menores de edad deben tomarse a través de psicólogos forenses capacitados, con el fin de evitar revictimización.
Prueba declarada ilegal por la Cámara
Bottini señaló que el material obtenido en esa entrevista fue posteriormente presentado en la instancia de apelación, pero la Cámara Penal de Esquel lo declaró ilegal e inválido, al considerar que fue obtenido por fuera de las normas procesales y de los estándares de protección a víctimas.
Los tres jueces de la Cámara coincidieron según explicó la fiscal en que existió una actuación incompatible con el rol de defensor.
Para el Ministerio Público, esa conducta encuadra en el delito de prevaricato de abogados, previsto en el artículo 271 del Código Penal, que sanciona a quien perjudica deliberadamente a una parte en beneficio de otra dentro del ejercicio profesional.
“El derecho de defensa no habilita cualquier cosa”
La fiscal jefe subrayó que el ejercicio de la defensa debe realizarse dentro del marco de la legalidad y la ética profesional.
“El derecho de defensa no es un vale todo”, afirmó, y agregó que el caso genera preocupación institucional porque podría sentar un precedente sobre los límites de la actuación profesional en procesos de alta sensibilidad como los delitos contra la integridad sexual.
Bottini también contextualizó la situación dentro de un entorno de violencia de género y familiar, donde la menor y su madre según relató habrían atravesado situaciones de desprotección.
La causa principal y lo que sigue
Mientras el expediente por abuso sexual continúa su curso en el Superior Tribunal de Justicia a través de un recurso extraordinario presentado por la defensa actual, el condenado permanece con prisión preventiva.
En paralelo, la investigación por prevaricato quedó en manos de la fiscal especializada en género, quien deberá avanzar en la audiencia correspondiente para definir la situación procesal del abogado.
Bottini aclaró que el Ministerio Público formuló la denuncia por considerar que existían elementos suficientes para investigar, pero que ahora la causa sigue su trámite independiente.
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