El Superior Tribunal de Justicia de Chubut confirmó la condena a prisión perpetua para Daniel Andrés Napal y Carlos Julián Peinipil, quienes fueron hallados culpables del homicidio de José Abraham Cretton, ocurrido en agosto de 2022 en la localidad de El Maitén.
La resolución fue adoptada por unanimidad y ratifica tanto el veredicto emitido por un jurado popular como las posteriores revisiones realizadas por la Cámara en lo Penal de Esquel.
Un crimen vinculado a la violencia de género
De acuerdo con la investigación desarrollada por el Ministerio Público Fiscal, el asesinato ocurrió entre la noche del 11 y la madrugada del 12 de agosto de 2022.
La Fiscalía logró probar que Napal planificó el crimen y contrató a Peinipil mediante una promesa de pago para concretar el homicidio. Ambos trasladaron a Cretton en una camioneta Ford Ecosport hasta un lugar que aún no pudo ser determinado.
Según quedó acreditado en el juicio, allí Napal efectuó dos disparos en la cabeza de la víctima, mientras que Peinipil le provocó un corte en el cuello para asegurar la muerte. Luego ocultaron el cuerpo, que hasta la actualidad no ha podido ser encontrado.
La figura de homicidio transversal
La Justicia encuadró el hecho dentro de la figura conocida como homicidio transversal, contemplada en el Código Penal argentino.
Esta agravante se aplica cuando una persona asesina a otra con el objetivo de causar sufrimiento a alguien con quien mantiene o mantuvo una relación afectiva.
En este caso, la acusación sostuvo que Napal cometió el crimen para dañar emocionalmente a su expareja, quien había sido víctima de violencia de género y mantenía una relación sentimental con José Cretton.
El Superior Tribunal rechazó los argumentos de la defensa
La defensa de los condenados había solicitado la nulidad del juicio argumentando que el jurado popular se habría visto influenciado por testimonios relacionados con conductas violentas previas de Napal.
Sin embargo, el Superior Tribunal descartó ese planteo y sostuvo que los testimonios no fueron incorporados para generar prejuicios, sino para demostrar el contexto de violencia de género necesario para acreditar la figura penal aplicada.
Además, los ministros remarcaron que la propia defensa había aceptado oportunamente la incorporación de esos testigos durante las audiencias preliminares y no formuló objeciones en las etapas procesales correspondientes.
La prisión perpetua quedó firme
Al tratarse de la pena más grave prevista por la legislación argentina, el caso también fue revisado mediante el mecanismo de consulta obligatoria.
Los jueces del Superior Tribunal concluyeron que la condena a prisión perpetua es constitucional y que correspondía aplicar esa sanción de acuerdo con los delitos que el jurado popular consideró acreditados durante el debate.
Con esta resolución se agotan las instancias ordinarias dentro de la Justicia provincial y queda firme la condena contra Napal y Peinipil. Además, el fallo confirmó la condición de reincidente de Napal.
Mientras tanto, el caso mantiene una dolorosa incógnita: el cuerpo de José Abraham Cretton continúa desaparecido, a casi cuatro años del crimen.
Fuente: Ministerio Público Fiscal

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