La Justicia de Esquel condenó a Emanuel Sebastián Rojas a 15 años de prisión de cumplimiento efectivo por el homicidio de Oscar Adolfo Gutiérrez, en un fallo dado a conocer este lunes tras la instancia de cesura de pena.
El acusado ya había sido declarado culpable por un jurado popular, y en esta etapa la magistrada evaluó los agravantes y atenuantes para determinar la pena final. En su resolución, coincidió con gran parte de los argumentos expuestos por la Fiscalía y la querella.
Un ataque marcado por la violencia
Uno de los elementos centrales que influyó en la condena fue la extrema violencia del hecho. Según los peritajes, Rojas le asestó al menos diez puñaladas con un cuchillo, dirigidas a zonas vitales del cuerpo.
El fiscal Fidel González había remarcado durante el juicio la crueldad de la agresión, aspecto que también fue destacado por la jueza. Incluso se tuvo en cuenta que, tras un primer ataque, el acusado regresó al lugar con el arma blanca y continuó la agresión cuando la víctima ya se encontraba indefensa.
Además, se valoró que utilizó un cuchillo de campo contra una persona desarmada, lo que incrementó la gravedad del hecho.

Antecedentes y reincidencia
El fallo también puso el foco en los antecedentes penales de Rojas. El joven ya contaba con una condena firme por un hecho violento ocurrido en Corcovado en 2020, cuando hirió a dos personas con un arma de fuego.
Para la Justicia, esta reincidencia evidencia un “desprecio por la ley”, al considerar que no logró internalizar las normas pese a haber atravesado previamente un proceso judicial.
La jueza descartó que la falta de oportunidades pudiera considerarse un factor atenuante. Según se expuso, Rojas tenía nivel educativo, trabajo estable y contención familiar, lo que implicaba que contaba con herramientas suficientes para comprender la gravedad de sus actos.
Atenuantes considerados
En cuanto a los atenuantes, se tuvieron en cuenta su edad (22 años al momento del hecho) y que colaboró en el traslado de la víctima al hospital. Sin embargo, este último punto fue valorado de manera limitada, ya que se produjo tras el reclamo de otras personas presentes.
La pena y lo que viene
La sentencia establece 15 años de prisión efectiva, además del pago de las costas del proceso.
Respecto a la unificación con la condena anterior, la magistrada resolvió que será un juez de ejecución quien determine el monto total de la pena una vez que este fallo quede firme.
Fuente: Ministerio Público Fiscal del Chubut
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