Este martes 7 de abril, la Justicia de Esquel condenó a un hombre de 68 años a 10 años de prisión de efectivo cumplimiento, tras homologar un acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre la Fiscalía y la defensa.
El fallo fue dictado por la jueza penal Alicia Fernanda Révori, quien ratificó el acuerdo presentado por el Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal María Bottini y el procurador Carlos Cavallo. Durante la audiencia, el imputado reconoció su responsabilidad en los hechos, aceptó la calificación legal y la pena impuesta.
Los hechos
La investigación permitió reconstruir dos episodios ocurridos en el domicilio del condenado.
El primero se registró entre enero y marzo de 2020, mientras que el segundo tuvo lugar el 16 de mayo del mismo año.
En ambos casos, el agresor ejerció violencia sobre la víctima, una adolescente de 14 años con retraso madurativo, lo que agravó la situación por su condición de vulnerabilidad.
Pruebas clave
La Fiscalía presentó un sólido cuadro probatorio que incluyó:
- Pericias de ADN realizadas por el CENPAT
- Testimonios en Cámara Gesell
- Informes psicológicos
Las pruebas confirmaron la presencia de material genético del imputado y respaldaron el relato de la víctima.
Fundamentos del fallo
Al momento de establecer la pena, se valoró especialmente la vulnerabilidad de la víctima, la violencia ejercida y el daño causado tanto a la joven como a su entorno familiar.
La jueza destacó que el juicio abreviado es un mecanismo legal válido en el que el imputado reconoce el delito y acepta la pena, evitando el debate oral. En este caso, consideró que existía evidencia suficiente de culpabilidad y que la condena se ajusta a los parámetros legales.
Además, se dispuso que, una vez firme la sentencia, las muestras biológicas del condenado sean incorporadas a los registros correspondientes. También se garantizó el derecho de la víctima a ser informada y participar en las etapas posteriores del proceso.
Fuente y foto: Ministerio Público Fiscal
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