Tres años de prisión condicional por abusos reiterados contra una niña

El Ministerio Público Fiscal obtuvo un veredicto condenatorio contra Nahuelmilla por abuso sexual simple, por hechos reiterados ocurridos entre 2017 y 2022. El tribunal consideró fundamental el testimonio de la víctima en Cámara Gesell y valoró especialmente el contexto de confianza y vulnerabilidad en el que ocurrieron los hechos.

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La Fiscalía obtuvo un veredicto condenatorio en un juicio por abuso sexual simple cometido contra una niña. El tribunal unipersonal declaró culpable a Nahuelmilla, en el marco de una investigación por hechos que, según la acusación, se produjeron de manera reiterada entre 2017 y 2022.

De acuerdo con la información difundida por el Ministerio Público Fiscal, el acusado mantenía una relación de cercanía con la familia de la víctima y se valió de ese vínculo de confianza y de la vulnerabilidad de la niña.

El relato en Cámara Gesell fue determinante

Uno de los elementos centrales considerados por el tribunal fue el testimonio de la víctima, actualmente adolescente, brindado mediante Cámara Gesell.

El magistrado calificó el relato como coherente, preciso y persistente. La joven manifestó que los tocamientos comenzaron cuando tenía entre 9 y 11 años.

La sentencia sostuvo que los hechos tuvieron un evidente contenido sexual y fueron realizados de manera intencional.

El argumento de la defensa fue rechazado

Durante el juicio, la defensa había solicitado la absolución y planteado como argumento la existencia de un supuesto vínculo cercano.

El tribunal descartó ese planteo y remarcó que los niños y niñas menores de 13 años no pueden prestar un consentimiento válido frente a este tipo de conductas.

Para el encuadre jurídico del caso, además, el magistrado aplicó el marco establecido por la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, considerando que se trató de una manifestación de violencia sexual desarrollada dentro de una relación desigual de poder.

Los factores considerados para establecer la pena

Al momento de determinar la sanción, el tribunal tuvo en cuenta las características particulares de los hechos y consideró como factores relevantes el abuso de confianza y la situación de vulnerabilidad de la víctima.

Según la sentencia, Nahuelmilla tenía una relación cercana con la familia y mantenía un trato frecuente, circunstancia que le otorgaba una posición de especial confianza que habría sido utilizada para cometer los abusos.

También se valoró el impacto psicológico y la afectación en la vida cotidiana de la víctima. La resolución señaló que la reiteración de los hechos generó un sentimiento de temor que condicionó su vida diaria y su desarrollo psicofísico.

Tres años de prisión de ejecución condicional

Finalmente, la sentencia estableció para Nahuelmilla una pena de tres años de prisión de ejecución condicional, sujeta al cumplimiento de pautas de conducta destinadas a garantizar la protección de la víctima.

El delito por el que fue condenado es abuso sexual simple, contemplado en el artículo 119, primer párrafo, del Código Penal.

La información fue difundida por el Ministerio Público Fiscal a partir de los fundamentos de la sentencia.

Fuente: Ministerio Público Fiscal

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