El tribunal rechazó el recurso de impugnación presentado por su defensor, el abogado Juan Manuel Salgado.
La resolución fue firmada por los jueces Alejandro Defranco, César Zaratiegui y Roberto Barrios, quienes consideraron infundado el planteo de la defensa y confirmaron la condena de un año de prisión en suspenso por el delito de “daño agravado”.
Además, Murphy deberá abonar las costas del proceso judicial, que ascienden a un total de 70 módulos JUS, equivalentes a $3.758.470,80. Esta suma contempla los honorarios de su defensor y del abogado querellante.
En su fallo original, la jueza Eve Ponce había subrayado la responsabilidad agravada del dirigente sindical, remarcando que, en su calidad de referente gremial, se le exige un comportamiento respetuoso del marco legal, especialmente al liderar manifestaciones. También destacó que los daños fueron cometidos contra bienes de uso público, lo que implica una afectación directa al patrimonio de todos los ciudadanos.
De esta manera, queda firme la condena contra Murphy, que no irá a prisión, pero deberá cumplir con las condiciones impuestas por la Justicia y responder económicamente por los daños ocasionados al Estado.
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