En una audiencia desarrollada en los tribunales locales, la Justicia resolvió aplicar una suspensión de juicio a prueba en una causa penal que involucraba delitos de lesiones leves, daño, hurto y maltrato animal, tras un acuerdo alcanzado entre la Fiscalía y la defensa particular de la imputada.
La medida, contemplada en el artículo 76 bis del Código Penal, permitirá suspender el proceso penal durante el plazo de un año, siempre y cuando la mujer cumpla una serie de obligaciones y reglas de conducta fijadas por el tribunal.
Las condiciones para evitar el juicio oral
Entre los puntos acordados, la imputada deberá realizar 10 horas de tareas comunitarias en el área de Fauna Urbana de la Municipalidad, para lo cual previamente tendrá que gestionar un seguro obligatorio que habilite el inicio de las labores.
Además, se estableció el pago de una reparación económica de 50 mil pesos a favor del denunciante. Desde la Fiscalía aclararon que se trata de un monto “simbólico”, dado que el principal objetivo fue alcanzar una solución que contribuya a la pacificación del conflicto.
La víctima manifestó su conformidad con el acuerdo al ser consultada durante la audiencia.
Un conflicto que ya cesó
Tanto la Fiscalía como el juez coincidieron en que estaban dadas las condiciones legales para conceder el beneficio, especialmente por la falta de antecedentes penales de la imputada y porque el conflicto que originó la causa ya habría finalizado.
Según se explicó durante la audiencia, el caso surgió en el marco de una disputa de pareja que incluía además el reclamo por un perro, animal que actualmente permanece bajo la tenencia del denunciante.
En ese contexto, se consideró apropiado que las tareas comunitarias estén vinculadas al área de Fauna Urbana, entendiendo que la medida resulta positiva tanto para la comunidad como para el abordaje del caso.
La advertencia del juez
Durante los próximos doce meses, la mujer deberá fijar domicilio, mantener un trato respetuoso, abstenerse de cometer nuevos delitos y acreditar el cumplimiento de las tareas comunitarias y del pago acordado.
Al finalizar la audiencia, el juez Novarino fue contundente al advertirle que el incumplimiento injustificado de cualquiera de las reglas podría provocar la reanudación de la causa penal.
“Si usted cumple eso acabadamente durante el plazo estipulado, la causa se extingue a su favor. Si usted incumpliera alguna de las reglas de manera injustificada, la causa es susceptible de reanudarse en su contra”, señaló el magistrado.
Fuente: Ministerio Publico Fiscal
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