El Superior Tribunal de Justicia de Chubut (STJ) resolvió de manera unánime revocar los sobreseimientos dictados en la causa que investiga una presunta maniobra fraudulenta en la Asociación Mutual Aonik Kenk de Esquel. De esta manera, el expediente vuelve a tomar impulso y se encamina hacia la instancia de juicio oral y público.
La decisión deja sin efecto el fallo del juez penal de Esquel, José Luis Ennis, quien en septiembre de 2024 había desvinculado a los tres imputados al considerar que los hechos no encuadraban en las figuras legales denunciadas. Sin embargo, los ministros del STJ –Ricardo Napolitani, Mario Vivas, Andrés Giacomone y Javier Raidan– entendieron que el cierre de la causa fue “prematuro” y que existen elementos suficientes para que la discusión se dé en el ámbito de un juicio.
Una investigación por más de 100 millones de pesos
La causa se originó a partir de una denuncia impulsada por la Fiscalía de Esquel junto a un grupo de asociados de la mutual, integrada por trabajadores de la Cooperativa 16 de Octubre.
De acuerdo con la acusación, entre 2019 y 2022 se habría montado un esquema para manejar fondos por fuera de los controles legales. En ese período, la investigación sostiene que se administraron de manera irregular más de 109 millones de pesos provenientes de créditos y ayudas económicas otorgadas a los afiliados. Dentro de ese monto, al menos 25 millones de pesos correspondientes a intereses nunca habrían sido depositados en las cuentas oficiales ni reflejados en los balances, quedando con un destino incierto.
La hipótesis fiscal describe un circuito en el que importantes sumas de dinero eran retiradas mediante el cambio de cheques por efectivo, operación que habría superado los 70 millones de pesos, para luego ser entregadas en mano y resguardadas fuera del sistema formal. A su vez, se señala que la documentación contable habría sido confeccionada de manera tal que ocultaba estos movimientos, impidiendo que los afiliados y los organismos de control advirtieran la maniobra.

El eje del fallo: “la realidad sobre las formas”
Uno de los aspectos centrales del pronunciamiento del STJ es el cuestionamiento a una interpretación estrictamente formal de la ley. Los jueces señalaron que el hecho de no contar con un cargo formal vigente no excluye, por sí solo, la posibilidad de responsabilidad penal si se demuestra que una persona administraba fondos ajenos y abusaba de la confianza depositada en ella.
En esa línea, el tribunal recordó que para dictar un sobreseimiento antes del juicio se requiere una certeza absoluta de que el hecho no constituye delito. En este caso, consideraron que esa certeza no está dada, ya que existe una “hipótesis razonable” de fraude o estafa, lo que torna necesario que la prueba sea analizada en un juicio oral y público.
Los magistrados también remarcaron que, ante posibles discrepancias en la calificación legal, el rol del juez no es cerrar la causa, sino analizar si los hechos pueden encuadrarse en otras figuras penales, evitando así clausurar de manera anticipada el proceso.
Qué pasará ahora con la causa
Tras esta resolución, el expediente regresa a la Oficina Judicial de Esquel, donde deberá retomarse la audiencia preliminar. En esa instancia se pondrán en discusión la acusación del Ministerio Público Fiscal, los planteos de la querella y las estrategias de las defensas.
El objetivo de la Fiscalía es avanzar hacia el juicio oral, donde finalmente se determine la culpabilidad o inocencia de los imputados en relación con el manejo de los fondos pertenecientes a los trabajadores de la Cooperativa 16 de Octubre.
Fuente: Ministerio Público Fiscal de Chubut
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