El Superior Tribunal confirmó las condenas a tres policías por golpear a un menor y adulterar un acta

El Superior Tribunal de Justicia de Chubut rechazó por unanimidad los recursos presentados por la defensa de tres policías condenados por un caso de violencia institucional ocurrido en Lago Puelo en 2020. La resolución ratificó las penas y la inhabilitación para ejercer funciones en fuerzas de seguridad.

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El Superior Tribunal ratificó las condenas

El Superior Tribunal de Justicia de Chubut confirmó las condenas impuestas a tres efectivos policiales acusados de vejaciones agravadas contra un menor de edad durante un procedimiento realizado en Lago Puelo en agosto de 2020.

La decisión del máximo órgano judicial provincial rechazó de manera unánime las impugnaciones planteadas por la defensa y respaldó las actuaciones desarrolladas por la Fiscalía de Lago Puelo a lo largo de la investigación y el juicio.

De esta manera, quedaron firmes las responsabilidades penales de Claudio Cristian Alí y Jorge Denis Cárdenas por el delito de vejaciones agravadas por el empleo de violencia, mientras que Adolfo Emanuel Carrasco fue condenado por ese mismo delito y además por falsedad ideológica.

Como consecuencia, se ratificaron las penas de prisión en suspenso y la inhabilitación especial por cuatro años y seis meses para desempeñar funciones en fuerzas de seguridad.

Un procedimiento que terminó en violencia

Los hechos ocurrieron el 2 de agosto de 2020, en la zona del Paralelo 42, sobre la Ruta Nacional 40.

Según quedó acreditado en la causa, un adolescente de 16 años pateó conos de tránsito ubicados en el control limítrofe entre Chubut y Río Negro y luego ingresó a un callejón cercano.

A partir de esa situación, personal policial de ambas provincias inició una persecución e ingresó a una vivienda particular de manera que el tribunal calificó como «arbitraria y abusiva», sin autorización.

Dentro del domicilio, el joven fue reducido y esposado. La sentencia determinó que posteriormente recibió golpes de puño en el rostro y patadas en el abdomen, sufriendo hematomas y un importante sangrado nasal.

La agresión continuó incluso cuando la madre del adolescente intervino para advertir a los efectivos que se trataba de un menor de edad.

El intento de encubrir el procedimiento

La investigación también acreditó que, tras el episodio, el entonces sargento Carrasco confeccionó un acta contravencional en la que omitió deliberadamente la presencia de la madre del menor y de otros testigos civiles que habían observado el accionar policial.

Para la Justicia, esa conducta constituyó el delito de falsedad ideológica, ya que la omisión tenía capacidad de influir en la valoración judicial de los hechos y ocultar irregularidades ocurridas durante el procedimiento.

Los argumentos que respaldaron el fallo

Entre los puntos destacados de la resolución, el Superior Tribunal ratificó la validez del testimonio de la víctima y descartó la versión de la defensa, que sostenía que las lesiones habían sido consecuencia de una caída accidental mientras el joven se encontraba esposado.

Los informes médicos incorporados al expediente concluyeron que la magnitud de los traumatismos era incompatible con esa explicación.

Además, el fallo reafirmó que la condición de menor de edad de la víctima constituye una circunstancia especialmente relevante, ya que los funcionarios policiales tienen un deber reforzado de protección cuando intervienen con niños y adolescentes.

Los jueces también señalaron que quedó acreditado que los efectivos conocían la edad del joven debido a los reiterados reclamos realizados por su madre durante el procedimiento.

Cierre definitivo del debate judicial

Con esta decisión, el Superior Tribunal concluyó que las sentencias dictadas anteriormente por la Cámara en lo Penal de Esquel se ajustaron al derecho vigente y estuvieron debidamente fundamentadas.

El pronunciamiento deja firmes las condenas y la inhabilitación impuesta a los tres policías, cerrando la instancia recursiva ordinaria en una causa que se convirtió en uno de los casos más relevantes de violencia institucional registrados en la Comarca Andina durante los últimos años.

Fuente: Ministerio Publico Fiscal

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