El juez penal de Esquel, José Luis Ennis, dictó este 17 de septiembre la resolución en la que acepta la recusación formulada por las defensas de Luis Américo Moggiano, Omar Eduardo Martínez y Cristian Alejandro Soto, los tres imputados en el caso Tino John. La medida implica que otro juez deberá asumir la causa, de acuerdo al procedimiento establecido en el Código Procesal Penal de Chubut.
Los argumentos de la recusación
Las defensas habían planteado tres motivos: que las decisiones de Ennis habían sido desfavorables para ellos, un incidente personal del magistrado con personal policial ocurrido años atrás y, el punto más relevante, la mención en una resolución del Superior Tribunal de Justicia sobre la posibilidad de que la trascendencia del juicio afectara “el equilibrio de ánimo del jurado y del juez”.
En su escrito, Ennis descartó los dos primeros argumentos, pero reconoció que la referencia del STJ otorgaba “fundamento atendible” al temor de parcialidad. En sus palabras: “Basta con la existencia de ese temor para que se imponga el apartamiento que postulan, tanto en beneficio de la parte que lo invoca como del normal desarrollo y conclusión del proceso”.

Qué pasará ahora
Según lo resuelto, la Oficina Judicial deberá asignar un nuevo juez penal para continuar con el trámite. Si el magistrado que reciba la causa considera que no hay motivos suficientes para apartar a Ennis, la decisión podrá ser revisada por un tribunal integrado por dos jueces, tal como lo prevé el artículo 79 del Código Procesal Penal.
De esta manera, el sorteo de jurados y la fijación de la fecha de debate vuelven a quedar en suspenso, lo que prolonga la espera de la familia de Tino John y reaviva las críticas de las querellas sobre las maniobras dilatorias de las defensas.

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