La Fiscalía formalizó la investigación penal preparatoria por dos hechos y dictó la prisión preventiva por un plazo de tres meses para un hombre acusado de perpetrar graves actos de violencia contra su expareja. La medida cautelar fue otorgada a solicitud del Ministerio Público Fiscal (MPF), representado por la fiscal Rafaella Riccono y la abogada de fiscalía Lucía Estuardo Toppazzini, tras acreditar el elevado riesgo para la integridad física y la vida de la mujer.
La Fiscalía destacó que estos episodios evidencian una escalada de violencia y la ineficacia de las medidas de protección de menor intensidad aplicadas con anterioridad.
Los hechos investigados
El primer incidente se registró el pasado 19 de julio a las 13:00 horas. Las acusadoras sostienen que el imputado amedrentó a la víctima amenazándola de muerte con un arma blanca y luego la atacó con un golpe y un empujón que provocó una lesión en una de sus muñecas.
A raíz de este episodio, se impuso una orden de prohibición de acercamiento y contacto. Sin embargo, apenas ocho días después, durante la madrugada del 27 de julio a las 02:30 horas, el imputado regresó a la casa de la mujer. Al no poder abrir la puerta principal, forzó una ventana e ingresó. La víctima intentó escapar hacia el exterior, pero fue interceptada, golpeada y amenazada nuevamente.
Si no entiende, va preso
La Fiscalía solicitó la prisión preventiva basándose en la probabilidad de autoría —respaldada por certificados médicos, el secuestro del arma empleada y testimonios—, sumado al peligro de fuga y entorpecimiento de la investigación. Se remarcó que el imputado ya contaba con una condena previa por agresiones a la misma víctima, un historial de siete desobediencias judiciales y que cometió estos nuevos delitos mientras gozaba del régimen de libertad condicional.
Por su parte, la Defensa Pública rechazó la medida por considerarla excesiva y solicitó pautas de conducta sustitutivas, en base a una versión distinta de lo sucedido, dada por el imputada.
El juez rechazó las alternativas propuestas por la defensa y ordenó la prisión preventiva por el término de tres meses, fundamentando su decisión en el marco de protección internacional fijados por la Convención de Belém do Pará. El magistrado enfatizó la extrema vulnerabilidad de la víctima, la gravedad de los hechos cometidos en contexto de violencia de género y la ineficacia demostrada por el acusado para acatar las órdenes judiciales restrictivas, concluyendo que la privación de la libertad es la única medida idónea para garantizar la integridad de la damnificada y el desarrollo del proceso.
Fuente: Ministerio Público Fiscal de Esquel.
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