El odontólogo F.R.F.D. (50) fue declarado autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple, en un hecho ocurrido en junio de 2023 en un consultorio odontológico de Sarmiento. La sentencia, dictada por la jueza Karina Breckle, incluyó una pena de ocho meses de prisión en ejecución condicional, según informó el Ministerio Público Fiscal.
Como parte del fallo, la magistrada dispuso una prohibición absoluta de atender a pacientes menores de edad, independientemente del sexo. Ante cualquier caso que llegue a su consultorio, el profesional deberá derivar de inmediato a otro odontólogo.
Además, se ordenó que tanto en la ventanilla de recepción como en la puerta del consultorio esté exhibida la leyenda: “El profesional F.R.F.D mantiene vigente orden judicial que prohíbe atender pacientes menores de edad”.
Tratamiento psicológico y capacitaciones obligatorias
La jueza Breckle también incorporó reglas de conducta orientadas a la prevención de nuevos episodios. El condenado deberá someterse a un tratamiento psicológico durante dos años o hasta obtener el alta de un profesional matriculado.
Asimismo, deberá realizar 800 horas reloj de cursos y capacitaciones vinculadas a temáticas como Ley Micaela, violencia sexual, derechos de niños, niñas y adolescentes, violencia contra la mujer y ética profesional, en instituciones u organizaciones idóneas.
Según la magistrada, estas medidas resultan “adecuadas para prevenir este tipo de delitos”.
Reparación hacia la víctima
La sentencia también establece que el odontólogo tendrá que asumir el costo total de un tratamiento de ortodoncia equivalente al que había iniciado con la víctima, una joven de 17 años, pudiendo ella elegir libremente al profesional que continuará con la atención.
El caso
El hecho ocurrió el martes 27 de junio de 2023, a las 10:30, en el consultorio donde el odontólogo ejercía su actividad. De acuerdo con los protocolos de tratamiento informativo para casos de violencia sexual, no se difunden identidades completas para evitar procesos de revictimización.
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