Trabajaba solo en altura: la Fiscalía investiga un caso de negligencia laboral en Tecka

La Fiscalía formalizó una investigación por lesiones gravísimas culposas tras la caída de un torrero que trabajaba solo en una antena de Tecka. El caso expone omisiones de seguridad: la norma exige dos torreros como mínimo y una planificación de riesgos previa.

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El 13 de diciembre de 2024, un trabajador “torrero” cayó desde al menos 20 metros mientras realizaba tareas en una antena de telefonía en Tecka. Según la Fiscalía, trabajaba completamente solo, sin soporte en altura ni en tierra.

La causa penal

  • Delito investigado: lesiones gravísimas culposas.
  • Equipo fiscal: Fidel González (fiscal) y Julián Forti (funcionario).
  • Plazo de investigación: 6 meses, para definir si se eleva a juicio o se acuerda una salida alternativa.

La hipótesis acusatoria sostiene que el resultado fue previsible por una cadena de omisiones en la organización y supervisión de la tarea.

La regla de oro ignorada

El Convenio Colectivo de Trabajo 201/92 establece de forma explícita: “INDEFECTIBLEMENTE el trabajo debe ser realizado con DOS TORREROS COMO MÍNIMO.” Para la Fiscalía, permitir el trabajo en soledad vulneró esa exigencia básica y suprimió un sistema de seguridad activo (compañero de anclaje, asistencia, rescate y verificación).

Supervisión: planificación, no presencia simbólica

De acuerdo al expediente, el supervisor (identificado por la empresa) no planificó la tarea con una evaluación de riesgos ni impidió que se trabajara sin segundo torrero.

Para la acusación, la falla de supervisión fue la causa raíz: la seguridad efectiva es proactiva (planificar, evaluar, condicionar o postergar), no reactiva.

Lesiones y secuelas

La víctima sufrió lesiones que pusieron en riesgo su vida:

  • Fracturas en múltiples vértebras (cervical, dorsal y lumbar).
  • Fractura de cadera y escápula.
  • Laceraciones internas que requirieron esplenectomía (extirpación del bazo).

Claves de prevención que se omitieron (según la causa)

  • Trabajo en altura acompañado (dos torreros como mínimo).
  • Plan de trabajo y análisis de riesgos previo.
  • Sistema de anclaje y rescate verificado.
  • Soporte en tierra y comunicación permanente.

El caso reabre un debate: las normas de seguridad no son un trámite, son barreras contra la tragedia. Cuando se ignoran, la frontera entre “accidente” y responsabilidad penal se vuelve nítida.

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