Revocan el sobreseimiento de un pastor acusado de abuso sexual y ordenan avanzar hacia el juicio

El máximo tribunal de Chubut hizo lugar a una impugnación extraordinaria presentada por el Ministerio Público Fiscal y dejó sin efecto el sobreseimiento de un pastor evangélico acusado de abusar sexualmente de una joven en Lago Puelo. La resolución ordena que la causa continúe hacia la instancia de juicio y remarca la obligación de los jueces de actuar con perspectiva de género y debida diligencia reforzada.

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El Superior Tribunal de Justicia de Chubut (STJ) revocó el sobreseimiento de un pastor evangélico acusado de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una joven de Lago Puelo, y ordenó que el proceso penal continúe para avanzar hacia la etapa de juicio oral.

La decisión fue adoptada por unanimidad luego de que el Ministerio Público Fiscal presentara una impugnación extraordinaria contra la resolución de primera instancia que había declarado la nulidad de la acusación y cerrado la causa por considerar que el requerimiento fiscal era «vago e impreciso».

La Fiscalía cuestionó el cierre anticipado del expediente

Según informó el Ministerio Público Fiscal, la Fiscal General Débora Fernanda Barrionuevo sostuvo que el sobreseimiento constituía un acto de arbitrariedad judicial, ya que la acusación cumplía con los requisitos legales al identificar al imputado, a la víctima, el contexto de dominación y el período en que se habrían producido los hechos.

La representante del organismo también cuestionó que se exigiera una precisión absoluta sobre fechas y horarios, al considerar que ese estándar resulta incompatible con investigaciones por abusos sexuales reiterados durante varios años, donde las víctimas muchas veces no pueden individualizar cada episodio con exactitud.

Además, señaló que el juez no valoró distintos elementos probatorios incorporados a la investigación, entre ellos denuncias, informes periciales y testimonios.

La investigación abarca hechos ocurridos entre 2015 y 2020

De acuerdo con la hipótesis de la Fiscalía, los abusos habrían ocurrido entre 2015 y 2020 en distintos lugares de Lago Puelo, cuando la víctima tenía 17 años al inicio de los hechos.

La acusación sostiene que el imputado habría aprovechado su condición de pastor de una iglesia evangélica y la relación de autoridad espiritual para cometer los delitos.

La reconstrucción fiscal ubica los presuntos episodios en diferentes escenarios:

  • 2015: habrían comenzado los primeros abusos mediante tocamientos en la vivienda del acusado.
  • 2016: se habría producido el primer acceso carnal sin consentimiento, conducta que, según la investigación, se reiteró posteriormente en distintos domicilios vinculados a la congregación religiosa.
  • Entre 2018 y 2020: los hechos habrían continuado tanto en dependencias de la iglesia como en una vivienda utilizada para filmaciones religiosas durante la pandemia.

Obligación de juzgar con perspectiva de género

En su resolución, el Superior Tribunal sostuvo que el sobreseimiento fue prematuro y contrario a los estándares nacionales e internacionales aplicables en causas de violencia de género.

Los ministros recordaron que el artículo 295 del Código Procesal Penal de Chubut establece que, ante eventuales defectos formales en una acusación, el juez debe otorgar un plazo para subsanarlos antes de disponer el cierre definitivo del proceso.

Asimismo, remarcaron que los magistrados deben aplicar el estándar de «debida diligencia reforzada», previsto en instrumentos internacionales como la Convención de Belém do Pará, la CEDAW y la Ley Nacional 26.485, evitando decisiones que impidan el acceso efectivo a la justicia de las víctimas.

El fallo también advirtió que una interpretación excesivamente formal puede trasladar a la denunciante las deficiencias del sistema judicial y comprometer la responsabilidad internacional del Estado.

La causa continuará hacia la etapa de juicio

Como consecuencia de la decisión, el Superior Tribunal declaró procedente la impugnación presentada por la Fiscalía, dejó sin efecto el sobreseimiento y ordenó el reenvío inmediato del expediente a la Oficina Judicial para que se realicen las aclaraciones que correspondan en la acusación y el proceso avance hacia el juicio oral.

Fuente: Ministerio Público Fiscal de Chubut.

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