La causa por maltrato animal conocida como el “caso Pepón” se resolvió mediante un acuerdo conciliatorio. La mujer imputada se comprometió a cumplir 60 horas de trabajo no remunerado en Fauna Urbana Municipal, a lo largo de tres meses y fuera de su horario laboral. Desde el área destacaron que la tarea “le permitirá ver el afecto que los perros brindan y que muchas personas no saben dar”.
La Fiscalía investigó a la joven por mantener a “Pepón” —perro mestizo, mediano— en malas condiciones de alimentación y cuidado entre abril y agosto de 2025 en Esquel.
Según la descripción fiscal, el animal presentaba anemia, desnutrición, parásitos y una otitis crónica severa, con dolor, dificultad para tragar y pérdida del equilibrio.
Calificación legal
El hecho se encuadró en la Ley Nacional 14.346 (Ley Sarmiento) de Maltrato y Crueldad Animal.
El acuerdo conciliatorio evita la continuidad del proceso penal bajo condiciones: el cumplimiento efectivo de las 60 horas en Fauna Urbana durante el plazo acordado..
¿Por qué es relevante?
- Visibiliza que el maltrato animal es delito.
- Incorpora una respuesta restaurativa: contacto directo con el cuidado responsable y protocolos de bienestar.
- Refuerza el rol de Fauna Urbana como espacio de protección, educación y atención de animales.

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