La Fiscalía de Esquel logró un nuevo respaldo judicial en una causa por abuso sexual agravado en contexto familiar. El Superior Tribunal de Justicia del Chubut confirmó la condena a diez años de prisión impuesta a un hombre declarado culpable por un jurado popular de abusar sexualmente de su sobrina adolescente.
La resolución, difundida este miércoles por el Ministerio Público Fiscal, representa el tercer fallo favorable para la acusación, luego del veredicto del jurado popular y de la posterior ratificación realizada por la Cámara Penal de Esquel.
El imputado fue condenado por los delitos de abuso sexual agravado por acceso carnal y tentativa de abuso sexual agravado por acceso carnal, ambos hechos cometidos contra la misma víctima. Por disposición judicial, se mantiene en reserva la identidad del condenado para preservar la intimidad de la adolescente.
El intento de anular el juicio
Uno de los puntos centrales del proceso estuvo relacionado con una grabación presentada por la defensa luego del juicio. Según explicó la Fiscalía, el entonces abogado particular del imputado aportó un video grabado en su estudio jurídico, en el que la adolescente aparentemente afirmaba que la denuncia había sido falsa y que actuó bajo presiones.
Tras presentar ese material, el abogado renunció a continuar con la defensa y la Defensa Pública solicitó la revisión de la condena ante la Cámara Penal.
Sin embargo, tanto la Cámara como ahora el Superior Tribunal coincidieron con la postura de la Fiscalía y rechazaron la validez de esa prueba. Los magistrados entendieron que la grabación fue obtenida sin respetar las garantías legales, ya que se realizó de manera privada, sin control judicial, sin intervención de profesionales especializados y sin participación de la Fiscalía.
Además, consideraron que esa situación constituyó una revictimización, debido a que la legislación prohíbe que el abogado del acusado entreviste a solas a una víctima menor de edad en casos de delitos sexuales.
La presión familiar y las retractaciones
Otro de los aspectos valorados por la Justicia fue el contexto familiar en el que ocurrieron los hechos. De acuerdo con lo expuesto por la Fiscalía, la adolescente sufría fuertes presiones de su entorno y era responsabilizada por la detención de su tío.
En ese sentido, los tribunales remarcaron que las retractaciones en casos de abuso sexual intrafamiliar son fenómenos frecuentes y “esperables”, producto del hostigamiento y las tensiones familiares que suelen atravesar las víctimas.
El Superior Tribunal sostuvo además que una retractación por sí sola no alcanza para anular un juicio válido. Los jueces señalaron que, si efectivamente la denuncia hubiese sido falsa, primero debería existir una investigación y una eventual condena por falso testimonio antes de revisar el fallo original.
Con esos argumentos, el máximo tribunal provincial declaró inadmisible el recurso extraordinario presentado por la defensa y dejó firme la condena que el imputado ya cumple en prisión.
Un caso juzgado por jurado popular
El caso llegó a juicio en mayo de 2025 y fue analizado por un jurado popular integrado por doce ciudadanos y ciudadanas, que declaró culpable al acusado por ambos hechos de abuso sexual.
Posteriormente, el juez técnico impuso una pena de diez años de prisión, considerando agravantes como el vínculo familiar, la vulnerabilidad de la víctima y las secuelas físicas y emocionales provocadas por los abusos.
En la sentencia también se ordenó la inscripción del condenado en el Registro de Identificación Genética (REDIS), una medida habitual en delitos contra la integridad sexual.
Fuente: Ministerio Público Fiscal del Chubut.
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