El Jurado Popular integrado por doce ciudadanos emitió este jueves un veredicto de culpabilidad contra Joaquín Cañumir, quien fue juzgado por una serie de hechos de violencia de género y delitos contra la integridad sexual cometidos contra quien era su pareja.
La decisión se conoció durante la tarde en la sala de audiencias de la Oficina Judicial de Esquel, donde se desarrolló el juicio impulsado por la Agencia de Delitos en Contexto de Violencia de Género del Ministerio Público Fiscal.
La Fiscalía pidió 10 años de prisión
Conocido el veredicto, se realizó la audiencia de cesura para debatir la pena que deberá cumplir el condenado.
En esa instancia, las representantes de la Fiscalía solicitaron que se imponga una pena de 10 años de prisión, mientras que la defensa requirió la aplicación del mínimo previsto por la legislación para los delitos atribuidos.
Hasta la audiencia de lectura de sentencia, prevista para el jueves 2 de julio, Cañumir permanecerá bajo prisión preventiva.
Los hechos juzgados
De acuerdo con la acusación presentada por el Ministerio Público Fiscal, la investigación permitió reconstruir un contexto de violencia física, psicológica, económica y sexual que se fue agravando durante el año 2022.
La Fiscalía sostuvo que el acusado ejercía un control permanente sobre la víctima mediante amenazas, hostigamientos y distintas formas de coerción, aprovechando situaciones de vulnerabilidad y afectando también el entorno familiar y el bienestar de las hijas menores de la mujer.
El episodio central de la acusación
Según la teoría del caso, el hecho más grave ocurrió el 27 de noviembre de 2022, cuando el imputado ingresó al domicilio en estado de ebriedad y mantuvo relaciones sexuales sin consentimiento mediante el uso de la violencia.
La investigación también expuso que la víctima intentó proteger a sus hijas para evitar que presenciaran las agresiones.
Ese mismo día, además, se registró un nuevo episodio de violencia física y verbal dentro del domicilio.
Violencia económica y laboral
La acusación también incluyó hechos de violencia económica, al señalar que el condenado destruyó el teléfono celular utilizado por la víctima para desarrollar su actividad laboral.
Asimismo, se le atribuyó haber provocado lesiones en sus manos, afectando directamente sus posibilidades de trabajo.
Perspectiva de género y protección de las víctimas
El proceso judicial se desarrolló bajo los principios establecidos por la Convención de Belém do Pará y la Ley Nacional 26.485, normativa que garantiza la protección integral de las mujeres frente a situaciones de violencia.
En cumplimiento de la legislación vigente sobre delitos contra la integridad sexual, se preservó la identidad de la víctima y de las menores involucradas durante todo el proceso judicial.
La audiencia de lectura de sentencia fue fijada para el 2 de julio, oportunidad en la que el tribunal dará a conocer la pena que finalmente deberá cumplir el condenado.
Fuente: Ministerio Público Fiscal

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