La Legislatura de Chubut aprobó por amplia mayoría el Proyecto de Ley N.º 117/2026, presentado por el Poder Ejecutivo, que establece un nuevo régimen para los feriados provinciales. La iniciativa busca favorecer la conformación de fines de semana largos, impulsar el turismo interno y generar nuevas oportunidades para las economías regionales.
La norma mantiene como feriado inamovible el 28 de julio, Día del Desembarco Galés, y establece reglas para trasladar las otras tres fechas provinciales: el 30 de abril, el 3 de noviembre y el 13 de diciembre.
Sin embargo, la aplicación del nuevo calendario todavía depende de la promulgación de la ley y del posterior decreto del Poder Ejecutivo, que deberá establecer las fechas correspondientes a cada año.
Cómo quedarán los feriados provinciales en 2027
Con el nuevo régimen y de acuerdo con la distribución de los días de la semana en 2027, el calendario provincial tendrá las siguientes fechas:
- Viernes 30 de abril: el feriado por el Plebiscito de 1902 se trasladaría al lunes 3 de mayo, ya que el 30 de abril caerá viernes.
- Miércoles 28 de julio: el Día del Desembarco Galés se mantendrá en su fecha original, por tratarse de un feriado inamovible.
- Miércoles 3 de noviembre: el feriado por la Jura de fidelidad a la Bandera Argentina de los pueblos tehuelches y mapuches se trasladaría al lunes 1 de noviembre.
- Lunes 13 de diciembre: el Día del Petróleo Nacional permanecería en esa fecha, al coincidir con un lunes.
Estas fechas corresponden a la aplicación de las reglas previstas en la ley. La confirmación formal del calendario de 2027 deberá realizarse mediante el decreto del Ejecutivo provincial.

Qué pasará con los feriados que quedan en 2026
La situación de los feriados provinciales que restan en 2026 todavía no está definida. Para establecer qué ocurrirá, primero deberá promulgarse la ley y luego dictarse el decreto contemplado en su artículo 7, que fijará el calendario provincial.
Si el nuevo régimen se aplica también a las fechas pendientes de este año, el feriado del 3 de noviembre, que cae martes, podría trasladarse al lunes 2 de noviembre.
En tanto, el 13 de diciembre, Día del Petróleo Nacional, cae domingo. En ese caso, la ley habilita al Poder Ejecutivo a determinar si se traslada al viernes 11 o al lunes 14 de diciembre, según los criterios establecidos para compatibilizar el turismo, las economías regionales y el funcionamiento de los servicios públicos.
Por el momento, esos cambios no están confirmados: la decisión dependerá de la promulgación y del decreto que establezca las fechas definitivas.

Qué establece la nueva ley
El régimen aprobado clasifica los feriados provinciales en dos categorías. El 28 de julio será inamovible, mientras que las otras tres fechas quedarán sujetas a las reglas de traslado.
Según el artículo 4, cuando un feriado trasladable coincida con martes o miércoles, pasará al lunes anterior. Si coincide con jueves o viernes, se trasladará al lunes siguiente.
La norma también contempla los casos en que un feriado coincida con sábado o domingo. En esas situaciones, el Poder Ejecutivo podrá disponer su traslado al lunes inmediato posterior, al viernes inmediato anterior o mantenerlo en su fecha original.
Para tomar esa decisión, deberá considerar la promoción del turismo interno y las economías regionales, la coordinación con los feriados nacionales y los fines de semana largos, el calendario escolar y la continuidad de la atención administrativa y de los servicios públicos.
Además, la ley establece una excepción: no se aplicará el traslado cuando el cambio interrumpa un período de descanso continuo que incluya un feriado nacional y el fin de semana.
El Ejecutivo deberá fijar el calendario antes del 30 de noviembre
Uno de los puntos centrales de la ley es la obligación del Poder Ejecutivo de establecer antes del 30 de noviembre de cada año el calendario de feriados provinciales del año siguiente.
El decreto deberá indicar qué fechas se trasladan y comunicar el calendario a los organismos e instituciones correspondientes, entre ellos el Banco Central de la República Argentina, la Legislatura, el Superior Tribunal de Justicia, los municipios y el Ministerio de Educación.
De esta manera, el nuevo régimen busca dar mayor previsibilidad a las familias, las instituciones y los sectores económicos para organizar sus actividades con anticipación.
La ley también establece que los feriados trasladados conservarán los mismos efectos y alcances que tienen en su fecha original, mientras que la conmemoración histórica y los actos oficiales continuarán realizándose en el día que corresponde a cada acontecimiento.
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