La Cámara Penal resolvió por mayoría revocar la condena y absolver al gasista que había sido hallado culpable en primera instancia por la intoxicación masiva ocurrida en una escuela secundaria de Buenos Aires Chico.
El profesional había sido condenado en agosto de 2025 por el delito de lesiones leves culposas, luego de un hecho que afectó a 77 personas entre estudiantes y docentes.
La decisión de la mayoría
El tribunal revisor, con una votación de dos votos contra uno, consideró que no existían pruebas suficientes para sostener la responsabilidad penal más allá de toda duda razonable.
Los jueces entendieron que faltaron pericias clave que permitieran establecer de manera concluyente que el accionar del gasista fue la causa directa del escape de monóxido de carbono.
En ese marco, resolvieron hacer lugar a la impugnación de la defensa y dejar sin efecto la condena dictada en primera instancia.
El voto en disidencia
Por su parte, el voto minoritario sostuvo que la prueba presentada durante el juicio era suficiente para confirmar la condena.
El eje del planteo estuvo en las convenciones probatorias, es decir, acuerdos entre las partes para dar por acreditados ciertos hechos sin necesidad de producir prueba adicional.
Según esta postura, esos acuerdos permitían establecer la relación causal entre la instalación de la caldera y la intoxicación, así como una conducta negligente del gasista al no cumplir con las normativas vigentes.
Un caso que sigue generando debate
El fallo deja en evidencia las diferencias de criterio dentro del tribunal respecto a la valoración de la prueba y la responsabilidad profesional.
Mientras la mayoría priorizó el principio de la duda razonable, la minoría consideró que existían elementos suficientes para sostener la condena por impericia o negligencia.
Fuente: Ministerio Público Fiscal
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