En menos de un mes, la Fiscalía logró la condena de un padre que golpeó a su hijo, en un caso que pone en el centro el compromiso institucional con la protección de los derechos de la infancia. La investigación fue impulsada por la fiscal Rafaella Riccono, quien cerró un acuerdo de juicio abreviado en menos de treinta días.
El hombre fue condenado por dos hechos de lesiones leves agravadas por el vínculo y por haberse cometido en un contexto de violencia contra las infancias, en perjuicio de su hijo de 10 años.
Los episodios ocurrieron en la vivienda familiar, el 1° y el 4 de octubre, cuando el acusado golpeó al niño con un cinturón, provocándole lesiones visibles.
Fue la maestra del niño quien advirtió las marcas en el cuerpo y, tras hablar con la dirección de la escuela, se redactó un acta con lo relatado por el menor y se radicó la denuncia en la Comisaría. De forma paralela, la madre también denunció los hechos.
El caso activó la intervención del Servicio de Protección de Derechos, que adoptó medidas urgentes. Se consultó al niño sobre con quién se sentía más seguro y él manifestó su deseo de vivir con su abuela paterna, con quien reside desde entonces.
A pocos días de la denuncia, se realizó la Cámara Gesell, garantizando la escucha protegida del niño y cumpliendo con el principio del Interés Superior del Niño, tal como establece la Convención sobre los Derechos del Niño.
Con las pruebas reunidas y el reconocimiento de los hechos por parte del imputado, la Jueza homologó el acuerdo de juicio abreviado e impuso una condena con reglas de conducta y el pago de costas procesales. Además, dispuso enviar copia al Juzgado de Familia interviniente, para que se adopten medidas complementarias, incluyendo asistencia psicológica para el grupo familiar.
Este caso deja un mensaje claro: la violencia no tiene lugar en la crianza.
El Código Civil y Comercial de la Nación prohíbe desde 2015 los castigos físicos o humillantes por parte de los progenitores. La Fiscalía reafirmó su compromiso con la tutela judicial efectiva de niños y niñas, sosteniendo que los límites en la educación deben fundarse en el respeto, el diálogo y el afecto, nunca en el miedo o el castigo físico.
La violencia intrafamiliar no es un asunto privado: es un delito y una violación a los derechos humanos que el Estado tiene la obligación de prevenir, sancionar y erradicar.
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