La Fiscalía llevó a juicio a un hombre acusado de abuso sexual simple y obtuvo del tribunal una declaración de responsabilidad penal.
La acusación estuvo a cargo del fiscal Carlos Díaz Mayer, la procuradora de Fiscalía Eugenia Castro y el psicólogo Fernando Rojo. Durante el proceso judicial, la víctima y su entorno recibieron asistencia de profesionales del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD).
La valoración del testimonio infantil
Uno de los aspectos abordados en el veredicto fue la forma en que debe analizarse el relato de niños y niñas en casos de abuso sexual.
De acuerdo con lo señalado, la valoración del testimonio infantil requiere estándares diferentes de los utilizados frente al relato de una persona adulta. En ese contexto, imprecisiones cronológicas o sobre determinados detalles no implican por sí mismas que el relato carezca de credibilidad.
El fallo también descartó el planteo de la defensa que buscó presentar el hecho como un “contacto accidental”.
El secreto en situaciones de abuso
El material difundido por la Fiscalía también puso el foco en el secreto como una situación que puede presentarse en casos de abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes.
Entre las pautas preventivas se plantea la importancia de enseñar a las infancias que no deben guardar secretos relacionados con su cuerpo y que pueden recurrir a una persona adulta de confianza cuando alguien intente imponerles ese silencio.
Prevención, denuncia y acompañamiento
A partir del caso, se remarcó la importancia de escuchar a niños y niñas cuando manifiestan una situación abusiva o que les genera incomodidad, prestar atención a sus palabras y evitar minimizar lo expresado.
También se destacó la denuncia ante la sospecha o conocimiento de un posible abuso, para activar los mecanismos de intervención y protección.
Otro aspecto señalado fue el acompañamiento profesional y multidisciplinario durante el proceso. En este caso, el SAVD brindó contención y asistencia a la víctima y su entorno durante el tránsito por el proceso judicial.
Fuente: Ministerio Público Fiscal

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