Un hombre fue condenado a 12 años de prisión por abusos sexuales agravados contra niñas, luego de reconocer su autoría en todos los hechos que le atribuía la acusación.
El acuerdo de juicio abreviado se alcanzó momentos antes de la audiencia de selección de las personas que integrarían el jurado. Participaron el fiscal Nicolás Vasiliev, la defensa particular y la querella, que prestó su conformidad.
Según la información del caso, la pena impuesta es la máxima habilitada por el Código Procesal Penal para esta modalidad de juicio.
La acusación comprendió abusos reiterados durante varios años. Los hechos fueron calificados como abuso sexual triplemente agravado, por las circunstancias acreditadas en el proceso.
Para preservar la intimidad de las sobrevivientes, se omiten los datos del condenado, los vínculos familiares y las referencias geográficas que pudieran permitir identificarlas.
El derecho de las niñas a ser escuchadas
El proceso priorizó el interés superior de las niñas y su derecho a ser oídas, con sus testimonios como parte central de la respuesta judicial.
Una de ellas expresó que comprendía los efectos de su denuncia y estaba de acuerdo con avanzar en el proceso. Al explicar su motivación, señaló: “Para que ningún otro nene sea abusado sexualmente por un adulto”.
La madre manifestó que, aunque consideraba insuficiente la pena, la condena tenía un sentido reparador para sus hijas. También destacó la importancia de que sus palabras fueran escuchadas y reconocidas por la Justicia.
“Se hizo justicia porque yo las escuché, y ustedes se hicieron escuchar y pudieron hablar”, expresó al referirse a lo que podía transmitirles después del fallo.
Acompañamiento ante una situación de abuso
Ante el conocimiento de una situación de abuso sexual, es importante resguardar la seguridad física y emocional de la víctima y comunicar lo ocurrido a la Justicia, para activar los mecanismos de intervención.
El Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD) cuenta con profesionales especializados para acompañar a niñas, niños y personas adultas de referencia. Su intervención puede iniciarse por derivación de la Fiscalía o demanda espontánea.
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