El tribunal mixto dio a conocer la pena impuesta al enfermero Marcelo Gustavo Villarroel, declarado responsable por la sustracción de morfina del Hospital Zonal de Esquel.
La sentencia estableció una pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional, además de las accesorias legales y costas correspondientes al proceso.
Asimismo, se dispuso la inhabilitación para ejercer como enfermero durante cinco años, el doble del tiempo establecido para la condena.
Los agravantes considerados para determinar la pena
Al momento de establecer la sanción, los jueces tuvieron en cuenta una serie de circunstancias agravantes planteadas durante el debate por la Fiscalía.
Una de ellas fue la naturaleza del bien sustraído. La morfina es un medicamento opiáceo de disponibilidad restringida y utilizado para la atención de urgencias hospitalarias. El tribunal consideró que su sustracción afectó la reserva sanitaria del servicio público de emergencias y que la gravedad del hecho excedió el valor económico del medicamento.
También se valoró el abuso de la función pública y de la posición de confianza. Villarroel contaba con más de 30 años de trayectoria en el área de Salud y conocía las rutinas del servicio de guardia, los lugares donde se almacenaban los medicamentos y el funcionamiento interno del sector.
La reiteración de los hechos
Otro de los aspectos considerados fue la persistencia de la conducta, debido a que los hechos se produjeron en dos oportunidades dentro de un breve período.
Según se determinó durante el proceso, el condenado llegó a revisar las pertenencias de una compañera para acceder a las llaves del lugar donde permanecía almacenada la morfina.
Como circunstancia atenuante, el tribunal contempló que Villarroel no tenía antecedentes penales.
Cinco años sin poder ejercer como enfermero
El tribunal mixto estuvo integrado por los vocales populares Emiliano García y Celestina Farías y los jueces técnicos Martín O’Connor, José Luis Ennis y Jorge Novarino.
Al fundamentar la resolución, consideraron especialmente la condición de funcionario público del condenado y determinaron que correspondía aplicar una sanción adicional por tratarse de delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones.
En ese marco, se estableció la inhabilitación especial por cinco años para ejercer como enfermero, medida vinculada a la prevención y protección de los insumos críticos del sistema público de salud.
Fuente: Ministerio Público Fiscal

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