Desde ahora, quienes acrediten dicha condición podrán viajar sin ningún tipo de límite en colectivos de corta y media distancia, junto a sus acompañantes si así lo indica su certificado.
La modificación fue aprobada durante la sesión legislativa del jueves 24 de julio y corrigió el artículo 24, inciso 5, de la Ley I Nº 296, que hasta el momento establecía un máximo de dos personas con discapacidad por unidad, lo que vulneraba el derecho a la libre circulación.
Esta medida, promovida por el Ministerio de Gobierno del Chubut en el marco del Plan de Movilidad Inclusiva, elimina esa restricción y obliga a las empresas a transportar gratuitamente a todas las personas con discapacidad que presenten su certificado nacional correspondiente.
El ministro de Gobierno, Victoriano Eraso Parodi, explicó que “la interpretación anterior resultaba ambigua y terminaba perjudicando a quienes debía proteger. Hoy avanzamos en una norma más clara, justa y operativa para garantizar derechos y no limitarlos”.
Con esta decisión, el Gobierno del Chubut refuerza su compromiso con un Estado inclusivo y accesible, eliminando barreras legales que dificultaban el acceso equitativo al transporte público.
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