Comenzó defendiéndose, pero se excedió y fue condenado

La Fiscalía de Esquel y la defensa de Julio Alfredo Ruiz (“Poty”) acordaron un juicio abreviado que fue homologado por el Juez Penal.

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El imputado admitió su responsabilidad por un hecho de violencia ocurrido el 4 de diciembre de 2024 y recibió 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo

El episodio ocurrió en la rotonda de Av. Diagonal Castellani y Sarmiento.

  • Ruiz fue agredido inicialmente con un cuchillo por otro sujeto.
  • Respondió con una patada que lo derribó.
  • Ya en el suelo, continuó la agresión con múltiples golpes, provocando lesiones graves que requirieron terapia intensiva para la víctima.

Calificación legal: “lesiones graves en exceso en la defensa”

Las partes consensuaron que el hecho encuadra en lesiones graves cometidas en exceso en la defensa:

  • Hubo una agresión ilegítima inicial (base para la legítima defensa).
  • La intensidad de la respuesta de Ruiz superó lo necesario para repeler el ataque, perdiendo la cobertura de la legítima defensa y configurando el exceso.

Trámite y sentencia

  • La acusación pública se presentó el 25 de septiembre de 2025, ya con pedido de juicio abreviado.
  • Con la admisión de responsabilidad y la calificación acordada, el Juez homologó el acuerdo e impuso 8 meses de prisión efectiva.
  • El juicio abreviado permite celeridad: reconocimiento de culpabilidad, pena consensuada y rápida firmeza para su ejecución.


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