Caso José Crettón: La Fiscalía pidió ratificar el veredicto del jurado

En la Cámara de Apelaciones de los Tribunales de Esquel, se desarrolló una audiencia en el marco del caso de asesinato y desaparición de José Crettón.

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En la ocasión, el abogado Hugo Cancino, defensor de los condenados a cadena perpetua, Daniel Napal y Carlos Painepil, presentó las objeciones al proceso judicial y a la sentencia dispuesta por el magistrado Jorge Novarino. Por su parte, la Fiscal Débora Barrionuevo requirió que se rechace el planteo de la Defensa. También pidió la confirmación de la declaración de culpabilidad, que resolvió el jurado popular, y la condena dispuesta por el juez del caso.

Por último, se informó que el martes 12 de agosto se convocará a una nueva audiencia, a los fines de dar a conocer la resolución judicial.

La audiencia judicial se extendió por más de dos horas. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por la fiscal de Lago Puelo, Débora Barrionuevo. También asistieron los abogados querellantes Dr. Juan Manuel Zapata, Dra. Mariel Suárez y Dra. Julia Bruno. En el recinto estuvieron presentes el padre y los tíos de la víctima, mientras que la madre del joven asesinado participó mediante una conexión telemática desde Comodoro Rivadavia.

En este marco, el defensor Cancino solicitó la nulidad del veredicto de culpabilidad dictado por el jurado, argumentando que fue consecuencia de una «contaminación y desviación» de sus miembros a raíz de información impertinente y de baja calidad introducida por la parte acusadora.

Sostuvo que el jurado quedó expuesto a información sensible que generó un prejuicio en el ánimo de quienes debían tomar una decisión, y que se apartaron de la prueba rendida en el juicio, que imponía una duda razonable a favor de los acusados.

Por su parte, la Fiscal Barrionuevo respondió señalando que los planteos de la Defensa son extemporáneos. Recordó que el defensor no formuló objeciones ni en la audiencia preliminar ni durante el debate.

Con respecto al fallo, la fiscal remarcó que el veredicto del jurado ciudadano es soberano, y que el tribunal técnico solo puede controlar si fue emitido con instrucciones correctas, pero no suplantar la decisión del jurado.

En este caso, las instrucciones del juez Jorge Novarino fueron consensuadas previamente con las partes, sin que se formularan reservas ni por el Ministerio Público Fiscal ni por la Defensa.

Para concluir, el condenado Daniel Napal utilizó su derecho a manifestarse y reclamó la libertad de su compañero Carlos Painepil. Acto seguido, los familiares de la víctima le solicitaron a Napal que revele dónde está el cuerpo de José Crettón para poder realizar un sepelio cristiano.

¿Por qué Napal y Peinipil fueron condenados a prisión perpetua?

Un jurado popular encontró a Daniel Napal culpable del delito de homicidio agravado transversal y a Carlos Peinipil culpable de homicidio agravado por precio o promesa remuneratoria. Para ambos agravantes, el Código Penal establece la pena de prisión perpetua.

Napal fue hallado culpable de haber asesinado a José Crettón con el objetivo de causar sufrimiento a su ex pareja, en el marco de una situación de violencia de género.

El autor dirige su acción contra un tercero inocente con el propósito de afectar emocionalmente a otra persona. La víctima se convierte en un instrumento de venganza”, señala la sentencia.

El juez Jorge Novarino explicó que el homicidio no fue un acto aislado, sino parte de una dinámica violenta en el marco de una relación de pareja, donde se utilizó a la víctima para causar el máximo daño emocional posible.

Contexto de violencia de género

Se definió que existía un contexto de violencia de género en la relación de Napal con su ex pareja, basado en hostigamiento, aislamiento, amenazas y control.
La sentencia remarca que, por los efectos psicológicos del maltrato, muchas mujeres permanecen en relaciones abusivas incluso ante episodios extremos.

La violencia puede ser física, psicológica, sexual, económica o verbal, y su acreditación puede realizarse por cualquier medio de prueba. El jurado popular reconoció este contexto a partir de la evidencia presentada por la Fiscalía.

Matar por dinero

En el caso de Carlos Peinipil, el jurado consideró probado que actuó motivado por una promesa de pago económico.

El autor no tenía interés personal en la víctima, pero aceptó matar a cambio de dinero. Su ambición se impuso sobre el valor de la vida humana”, se detalla en la sentencia.

Fuente: Ministerio Público Fiscal


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